Cuando por razón de la naturaleza de los bienes que deben avaluarse, se requieran conocimientos técnicos especiales, a juicio del Jefe de Rentas e Impuestos Nacionales, el sorteo se verificará como para avaluar bienes de las sucesiones de la primera categoría, cualquiera que sea la cuantía de la sucesión.
Decreto 788 de 1947 →Vigente
Artículo 11
Cuando Por Razón De La Naturaleza De Los Bienes Que Deben Avaluarse, Se Requieran Conocimientos Técnicos Especiales, A Juicio Del Jefe De Rentas E Impuestos Nacionales, El Sorteo Se Verificará Como Para Avaluar Bienes De Las Sucesiones De La Primera Categoría, Cualquiera Que Sea La Cuantía De La Sucesión
Decreto 788 de 1947 · Por el cual se reglamenta el sorteo de peritos de sucesiones y donaciones, y se determina el número de éstos en los Circuitos de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.