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Artículo 2.4.1.7.2.2

Estructura Del Concurso Y Factores De Puntuación

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estructura del concurso y factores de puntuación. De conformidad con lo establecido en el Decreto ley 882 de 2017, el concurso de méritos de carácter especial de que trata el presente Capítulo tendrá las siguientes etapas:

1.

Convocatoria. En ella se establecerán las fases del concurso, los requisitos generales, los empleos que serán provistos con base en los resultados de la convocatoria, los medios de divulgación y el cronograma del concurso.

2.

Inscripciones.

3.

Aplicación de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos, la cual tiene carácter eliminatorio, y de la prueba psicotécnica.

4.

Publicación de resultados de las pruebas y reclamaciones.

5.

Recepción de documentos, verificación de requisitos, publicación y reclamaciones.

6.

Valoración de antecedentes, publicación y reclamaciones.

7.

Publicación de resultados consolidados y aclaraciones.

8.

Elaboración de la lista de elegibles.

9.

Nombramiento en periodo de prueba y evaluación del mismo.

10.

Inscripción o actualización en el registro público de carrera.

Los factores de puntuación en este proceso de selección son los siguientes:

Factor de puntuación

Carácter

Calificación Mínima Aprobatoria

% Peso dentro del Puntaje

Directivo Docente

Docente

Directivo Docente

Docente

Directivo Docente

Docente

Prueba de conocimientos específicos y pedagógicos

Eliminatoria y

Clasificatoria

Eliminatoria y

Clasificatoria

70/100

60/100

55%

70%

Prueba psicotécnica

Clasificatoria

Clasificatoria

N/A

N/A

15%

10%

Valoración de

antecedentes

Clasificatoria

Clasificatoria

N/A

N/A

30%

20%

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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