Micelio

Artículo 3

El Gobernador Del Chocó Tendrá, Además, Las Siguientes Facultades: A) Arreglar La Deuda Pública A Cargo Del Departamento, Y Disponer La Manera De Amortizarla, Procurando Sobre Todo El Cumplimiento De Las Obligaciones Contraídas, O Bien, Promoviendo Con Los Respectivos Interesados La Modificación De Las Obligaciones De La Manera Más Equitativa Y Razonable Que Sea Posible; B) Reorganizar La Producción, Introducción Y Venta De Licores Destilados Embriagantes, Modernizando Las Actuales Fábricas De Licores O Estableciendo Otras, Si Lo Considera Necesario

Decreto 2217 de 1948 · por el cual se dictan algunas medidas especiales para el Departamento del Chocó.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobernador del Chocó tendrá, además, las siguientes facultades

a)

Arreglar la deuda pública a cargo del Departamento, y disponer la manera de amortizarla, procurando sobre todo el cumplimiento de las obligaciones contraídas, o bien, promoviendo con los respectivos interesados la modificación de las obligaciones de la manera más equitativa y razonable que sea posible;

b)

Reorganizar la producción, introducción y venta de licores destilados embriagantes, modernizando las actuales fábricas de licores o estableciendo otras, si lo considera necesario. En materia de impuestos, continuarán vigentes los establecidos bajo el régimen intendencial, mientras la Asamblea dispone lo conveniente, en uso de sus facultades constitucionales;

c)

Contratar los servicios de un técnico para la elaboración de los proyectos que sobre organización fiscal del Departamento deberá presentar al Gobierno Nacional para que éste los ponga en vigencia mientras se reúne la Asam-

d)

Reglamentar los derechos sociales de los empleados y obreros departamentales, de conformidad con las leyes vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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