Micelio

Artículo 2.5.3.4.5.10

Funciones De La Junta Administradora De Las Becas “luis Antonio Robles”

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Junta Administradora de las becas “Luis Antonio Robles”. La Junta Administradora de las becas “Luis Antonio Robles” tendrá las siguientes funciones

1.

Definir y direccionar las políticas de administración de las becas.

2.

Vigilar la gestión eficiente de los recursos de las becas.

3.

Expedir y modificar el reglamento operativo, el cual definirá como mínimo los siguientes aspectos: procesos de legalización y renovación de las becas, desem­bolsos, causales de pérdida de la beca y demás aspectos que se requieran para garantizar el control y seguimiento de las becas.

4.

Revisar y decidir sobre casos especiales que presenten los beneficiarios de las becas y que no se encuentren explícitamente contemplados en el reglamento ope­rativo.

5.

Decidir sobre los demás asuntos relacionados que se someten a su consideración.

6.

Reunirse una vez por semestre para hacer seguimiento al desarrollo de las becas y extraordinariamente a solicitud de cualquiera de sus miembros.

7.

Las demás que se consideren pertinentes para el logro de los objetivos de las becas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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