Los aprovechamientos forestales, otorgados con anterioridad a la expedición del presente decreto, continuarán vigentes por el término para el cual fueron concedidos. Las actuaciones administrativas iniciadas antes de la entrada en vigencia del presente Decreto continuarán su trámite conforme a las normas que regulaban la materia.
Decreto 1791 de 1996 →Vigente
Artículo 88
Decreto 1791 de 1996 · por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.