Micelio

Artículo 15

El Valor De Los Sueldos Devengados Durante El Último Año, Se Comprobará Por Medio De Certificado Expedido Por El Respectivo Pagador, En El Cual Debe Constar La Cuantía Exacta De Los Descuentos Que Le Fueron Hechos De Acuerdo Con Lo Establecido Por El Ordinal C) Del Artículo 7° De La Ley 71 De 1945, Y Por El Ordinal B) Del Artículo 6° De La Ley 95 De 1946

Decreto 1175 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 95 de 1946.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor de los sueldos devengados durante el último año, se comprobará por medio de certificado expedido por el respectivo Pagador, en el cual debe constar la cuantía exacta de los descuentos que le fueron hechos de acuerdo con lo establecido por el ordinal c) del artículo 7° de la ley 71 de 1945, y por el ordinal b) del artículo 6° de la Ley 95 de 1946.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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