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Artículo 2.2.8.3.2

Requisitos Que Deben Exigirse A Las Cooperativas Y Precooperati­vas De Trabajo Asociado Para Afiliarse A Las Cajas De Compensación Familiar

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos que deben exigirse a las Cooperativas y Precooperati­vas de Trabajo Asociado para afiliarse a las Cajas de Compensación Familiar. Las Cajas de Compensación Familiar a las que se refiere el artículo anterior solo podrán exigir a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado para su afiliación, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1.

Copia de los estatutos en los que conste la facultad de afiliarse a una caja de Com­pensación familiar.

2.

La acreditación de su personería jurídica y allegar el certificado de existencia y re­presentación legal de la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado, expedido por la autoridad competente.

3.

Paz y Salvo expedido por la última Caja de Compensación Familiar a la cual haya estado afiliada la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado o la certificación de no haber estado afiliada.

4.

Copia de la resolución emanada del Ministerio del Trabajo mediante la cual fueron aprobados los regímenes de compensaciones y de trabajo asociado.

5.

La relación de los cooperados y sus beneficiarios.

(Decreto número 400 de 2008, artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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