º Los funcionarios que continúen prestando sus servicios en cargos cuya denominación y asignación haya sido modificada por el presente Decreto, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente.
Decreto 938 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Los Funcionarios Que Continúen Prestando Sus Servicios En Cargos Cuya Denominación Y Asignación Haya Sido Modificada Por El Presente Decreto, No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para La Posesión Que La Firma Del Acta Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre Nacional Equivalente A La Diferencia De La Remuneración Correspondiente
Decreto 938 de 1961 · Por el cual se determina la planta de personal del Instituto Colombiano de Antropología
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.