Reporte de información. La entidad territorial certificada en educación será la responsable de reportar la información sobre la matrícula de la población que se beneficie de los contratos reglamentados en el presente capítulo, sin perjuicio de las disposiciones que se adopten en esta materia. El reporte se realizará en el Sistema Integrado de Matrículas Simat o en el sistema de información que determine el Ministerio de Educación Nacional, de la siguiente manera
Si la población se atiende en establecimientos educativos no oficiales, se registrará como “contratada privada”.
Si la población se atiende en establecimientos educativos oficiales, se registrará como “contratada oficial”.
Para los contratos de servicio educativo con iglesias y confesiones religiosas, la matrícula se registrará como “No Contratada”, en caso de que el estudiante sea atendido por un docente oficial; si es atendido por un docente contratado, la matrícula se registrará como “Contratada”. Lo anterior para efectos estadísticos y de seguimiento a la planta de personal docente oficial.