Micelio

Artículo 8

Corríjase El Artículo 393 De La Ley 1564 De 2012, El Cual Quedará Así: "artículo 393

Decreto 1736 de 2012 · por el que se corrigen unos yerros en la Ley 1564 del 12 de julio de 2012, "por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corríjase el artículo 393 de la Ley 1564 de 2012, el cual quedará así: "Artículo 393. Lanzamiento por ocupación de hecho de predios rurales. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 984 del Código Civil, la persona que explote económicamente un predio rural que hubiere sido privada de hecho, total o parcialmente, de la tenencia material del mismo, sin que haya mediado su consentimiento expreso o tácito u orden de autoridad competente, ni exista otra causa que lo justifique, podrá pedir al respectivo juez que efectúe el lanzamiento del ocupante".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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