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Artículo 7281

Del Presupueste Nacional Vigente, Se Distribuye Así: Capitulo 703 Programa 467 Financiamiento De Establecimientos Dependientes Artículo 7281

Decreto 145 de 1967 · Por el cual se hace la distribución de partidas globales incluídas en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional, para gastos de funcionamiento de establecimientos dependientes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Banda Nacional de Músicos de Bogotá, en el Capítulo 703, artículo 7281 del Presupueste Nacional vigente, se distribuye así: CAPITULO 703 Programa 467 Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7281. Banda Nacional de Músicos de Bogotá. Servicios personales

a)

Sueldos del personal de nómina $ 1.614.240.00

b)

Subsidio de transporte 1.080.00 Gastos Generales

c)

Mantenimiento y aseguros 24.780.00

d)

Compra de equipo 20.000.00

e)

Viáticos y gastos de viaje 5.000.00

f)

Servicio de comunicaciones 2.000.00

g)

Materiales y suministros 20.000.00

h)

Servicios públicos 7.500.00

i)

Impresos y publicaciones 2.000.00

j)

Gastos varios e imprevistos 3.400.00 Total $ 1.700.000.00 Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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