Micelio

Artículo 21

Para La Consideración Por Parte De La Comisión Nacional De Energía De Los Planes, Programas Y Proyectos De Los Subsectores De Energía Eléctrica, Carbón Y Minerales Radioactivos Energéticos, E Hidrocarburos, El Ministerio De Minas Y Energía Y Las Respectivas Entidades Públicas Del Sector Energético Presentarán A Aquélla Sus Proyectos En Forma Documentada

Decreto 1425 de 1990 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente la Ley 51 de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la consideración por parte de la Comisión Nacional de Energía de los planes, programas y proyectos de los subsectores de energía eléctrica, carbón y minerales radioactivos energéticos, e hidrocarburos, el Ministerio de Minas y Energía y las respectivas entidades públicas del sector energético presentarán a aquélla sus proyectos en forma documentada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1425 de 1990