Micelio

Artículo 64

Retiro Por Incapacidad Académica

Decreto 1791 de 2000 · por el cual se modifican las normas de carrera del Personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

RETIRO POR INCAPACIDAD ACADÉMICA. El personal será retirado por esta causal en los siguiente eventos:

1.

Cuando pierda por segunda vez el concurso para el ascenso al grado de Teniente Coronel.

2.

Cuando pierda el curso de capacitación para ascenso.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

ARTICULO 64. RETIRO POR INCAPACIDAD ACADÉMICA. El personal será retirado por esta causal en los siguiente eventos:

1.

Cuando pierda por segunda vez el concurso para el ascenso al grado de Teniente Coronel.

2.

Cuando pierda el curso de capacitación para ascenso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2003
    C-253/03ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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