Responsabilidades del evaluador. Además de las competencias asignadas en otras disposiciones, el evaluador debe:
Promover un ambiente de confianza, respeto y comunicación efectiva que facilite el proceso de evaluación;
Valorar las evidencias de desempeño recolectadas a lo largo del período de evaluación, para emitir la calificación del docente o directivo docente en la forma y oportunidad establecidas;
Notificar al docente o directivo docente el resultado final de su evaluación;
Concertar con el evaluado un plan de desarrollo personal y profesional, objeto de seguimiento periódico;
Resolver y dar curso a los recursos que le sean interpuestos;
Entregar a la secretaría de educación, en los términos que esta establezca, los resultados finales de la evaluación en los protocolos debidamente diligenciados.
(Decreto 3782 de 2007, artículo 11).