Micelio

Artículo 325

La Administración Pública Ejercerá Las Siguientes Funciones: A)

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La administración pública ejercerá las siguientes funciones: a). Crear, administrar y reglamentar los distritos de conservación de los suelos; b). Elaborar los planes de rehabilitación y manejo de esos distritos y velar por su correcta ejecución; c). Coordinar la ejecución de los planes de asistencia técnica y crédito en dichos distritos; d). intervenir en las actividades que se realicen dentro del distrito, especialmente las de aprovechamiento de recursos naturales y la construcción de obras para evitar que contraríen los fines para los cuales se creó el distrito; e). Tomar las demás medidas que le asignen la ley o los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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