Micelio

Artículo 45

El Tiempo De Servicio En Guerra, Desde La Fecha En Que Se Declare Turbado El Orden Público, Hasta La Expedición Del Decreto Por El Cual Se Restablezca La Normalidad, Se Computa Doble Para Todos Los Efectos, Con Excepción Del De Ascensos

Decreto 1123 de 1942 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del Ejército y se modifica el Decreto 154 de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El tiempo de servicio en guerra, desde la fecha en que se declare turbado el orden público, hasta la expedición del decreto por el cual se restablezca la normalidad, se computa doble para todos los efectos, con excepción del de ascensos.

Parágrafo

Para proceder en la forma indicada en el presente artículo, es condición indispensable que la prestación de servicio se efectúe dentro de la zona afectada. CAPITULO II De las prestaciones por causa de muerte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1123 de 1942