Articulo 33. La Junta Directiva podrá crear cargos de Subgerentes a medida que el desarrollo de la Empresa lo justifique, señalándoles funciones y remuneración y substituyendo con ellos, si fuere el caso, a los Superintendentes. CAPITULO SEPTIMO. Del Secretario General.
Decreto 1184 de 1954 →Vigente
Artículo 33
La Junta Directiva Podrá Crear Cargos De Subgerentes A Medida Que El Desarrollo De La Empresa Lo Justifique, Señalándoles Funciones Y Remuneración Y Substituyendo Con Ellos, Si Fuere El Caso, A Los Superintendentes
Decreto 1184 de 1954 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.