Estarán adscritos al Ministerio de Defensa Nacional los Establecimientos Públicos que a continuación se determinan: la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, la Caja de Vivienda Militar, el Hospital Militar Central, el Fondo Rotatorio del Ejército, el Fondo Rotatorio de la Armada Nacional, el Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, las Casas Fiscales del Ejército y el Club Militar.
Artículo 63
Estarán Adscritos Al Ministerio De Defensa Nacional Los Establecimientos Públicos Que A Continuación Se Determinan: La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares, La Caja De Sueldos De Retiro De La Policía Nacional, La Caja De Vivienda Militar, El Hospital Militar Central, El Fondo Rotatorio Del Ejército, El Fondo Rotatorio De La Armada Nacional, El Fondo Rotatorio De La Fuerza Aérea, El Fondo Rotatorio De La Policía Nacional, Las Casas Fiscales Del Ejército Y El Club Militar
Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.