Micelio

Artículo 2

El Consejo Directivo De Comercio Exterior, Dentro De Las Facultades Que Le Confiere El Artículo 76 Del Decreto Ley 444 De 1957, Dictará Las Normas Necesarias Para La Expedición De Las Autorizaciones Y Modificaciones De Que Trata El Artículo Anterior

Decreto 2996 de 1973 · Por la cual se reglamentan parcialmente los Decretos-leyes 2420 y 2976 de 1968 y se dictan otras disposiciones sobre Comercio Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° EL Consejo Directivo de Comercio Exterior, dentro de las facultades que le confiere el artículo 76 del Decreto ley 444 de 1957, dictará las normas necesarias para la expedición de las autorizaciones y modificaciones de que trata el artículo anterior. En igual forma podrá el Consejo Directivo de Comercio Exterior cuando las circunstancias lo hagan aconsejable, variar el porcentaje mencionado en el artículo 1° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2996 de 1973