º. La inscripción en el registro mercantil de los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho de siete mil doscientos setenta pesos ($7.270.00) moneda legal, a excepción de la inscripción de los contratos de prenda sin tenencia, la cual causar< un derecho de ocho mil setecientos veinte pesos ($8.720.00) moneda legal.
Decreto 458 de 1995 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 458 de 1995 · Por el cual se fijan las tarifas por concepto de las matrículas, sus renovaciones e inscripciones de los actos, libros y documentos que por mandato legal deben efectuarse en el registro mercantil, así como el valor de los certificados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.