Micelio

Artículo 2.2.7.1.3.3

Inscripción De Listas Para La Elección De Consejo Directivo

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inscripción de listas para la elección de Consejo Directivo. La inscripción de listas para la elección de Consejo Directivo debe hacerse por escrito, con­tener el nombre de los principales y sus suplentes personales, llevar la constancia de acep­tación de los incluidos en ella, el nombre de la persona jurídica a la cual representan, y el número de identificación en caso de ser personas naturales.

Las listas deben inscribirse ante la Secretaría de la respectiva caja de compensación familiar o la dependencia que se indique en la convocatoria. El término para dicha inscrip­ción será el señalado en los estatutos de cada corporación.

(Decreto número 341 de 1988, artículo 29)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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