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Artículo 3

Se Autorizará La Compra Y Uso De Las Máquinas De Timbre Nacional Previo El Cumplimiento De Los Siguientes Requisitos: 1

Decreto 506 de 1983 · Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 2ª de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se autorizará la compra y uso de las máquinas de timbre nacional previo el cumplimiento de los siguientes requisitos

1.

Solicitud escrita acompañada del certificado de la Cámara de Comercio sobre personería jurídica y representación legal con vigencia no superior a tres (3) meses. Esta solicitud debe contener

a)

Razón social y Nit.

b)

Ciudad y dirección donde operará la máquina.

c)

Cuantía del cargue solicitado.

d)

Clases de documentos a timbrar.

e)

Señalar el valor promedio del timbre mensual pagado.

2.

Presentar certificación autenticada expedida por la entidad vendedora donde consten las características de fabricación de la máquina y su manual de operaciones.

Parágrafo

Autorizada la compra, el solicitante deberá presentar póliza anual de responsabilidad expedida por una compañía de seguros, en cuantía igual al valor del cargue autorizado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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