Cuando Se Trate De Empleados Públicos Nacionales Que Viajen En Ejercicio De Funciones Oficiales, El Pasaporte Expresará Claramente Cuáles Son Esas Funciones, Y Se Considerará Como Insuficiente El Que No Llene Esta Condición
Decreto 2444 de 1928 · Por el cual se reglamenta el servicio de pasajes fe favor en los ferrocarriles de propiedad nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando se trate de empleados públicos nacionales que viajen en ejercicio de funciones oficiales, el pasaporte expresará claramente cuáles son esas funciones, y se considerará como insuficiente el que no llene esta condición. En dicho pasaporte debe indicarse expresamente si el empleado tiene o no viáticos asignados.
Parágrafo
El respectivo Gerente se abstendrá de conceder el pasaje al empleado que tenga viáticos asignados.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.