Micelio

Artículo 5

Las Autoridades Ante Las Cuales Se Inicie El Juicio De Lanzamiento Contra Pequeños Arrendatarios, Aparceros O Similares, Deberán Comunicar De Inmediato Tal Hecho A La Procuraduría General De La Nación Y Al Instituto Colombiano De La Reforma Agraria

Decreto 2969 de 1966 · Por el cual se prorrogan los contratos de arrendamiento rural, aparcería y similares, y se dictan otras medidas complementarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las autoridades ante las cuales se inicie el juicio de lanzamiento contra pequeños arrendatarios, aparceros o similares, deberán comunicar de inmediato tal hecho a la Procuraduría General de la Nación y al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2969 de 1966