Micelio

Artículo 18

Las Funciones De Los Capellanes Se Extienden No Sólo Al Personal Activo Del Ejército: Oficiales, Tropa Y Empleados Militares, Sino También A Los Empleados Y Obreros De Las Maestranzas, Arsenales, Fábricas, Talleres, Depósitos Y Hospitales Militares, Y En Los Que Ellos Por Cualquier Motivo, Residen; A Los Presos Puestos Bajo La Vigilancia Militar, Y Los Miembros Del Ejército Que Cumplan Condena En Cárceles, Presidios O Compañías Disciplinarias

Decreto 202 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio religioso del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones de los Capellanes se extienden no sólo al personal activo del Ejército: Oficiales, tropa y empleados militares, sino también a los empleados y obreros de las maestranzas, arsenales, fábricas, talleres, depósitos y hospitales militares, y en los que ellos por cualquier motivo, residen; a los presos puestos bajo la vigilancia militar, y los miembros del Ejército que cumplan condena en cárceles, presidios o compañías disciplinarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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