Micelio

Artículo 40

Decreto 185106181 de 1851 · Concediendo privilejio a los señores Manuel Cárdenas i Florentino González para abrir un canal que ponga en comunicacion los mares Atlántico i Pacífico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 40. Un año ántes de la espiracion del privilejio, los empresarios están obligados a hacer, con citacion de los Ajentes del Gobierno a quienes se comisione al efecto, el avaluo de las obras que al ter minar dicho privilejio se ceden a la República; i de estos avalúos i de los estados descriptivos de las obras en el tiempo en que se hagan los mismos avalúos, se depositará un duplicado en la Oficina que disponga Poder Ejecutivo, para que se tengan presentes al tiempo de entregar al Gobierno el canali sus dependencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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