Micelio

Artículo 7

Antes De Liquidar El Ejercicio Fiscal De 1975, El Contralor General De La República Procederá De Oficio A Cancelar Todo Saldo Disponible Proveniente De Reservas Constituidas En El Balance Del Tesoro De La Nación O De Depósitos A Favor De Éstos O Existentes En Los Fondos Rotatorios, Cuando No Corresponda, A Pasivos O A Obligaciones Adquiridas Y Perfeccionadas Legalmente Antes Del 31 De Diciembre De Dicho Año, Sin Perjuicio De Las Demás Cancelaciones Que Deba Efectuar De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Norma Orgánica Del Presupuesto

Decreto 2675 de 1976 · sobre Liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal do 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Antes de liquidar el ejercicio fiscal de 1975, el Contralor General de la República procederá de oficio a cancelar todo saldo disponible proveniente de reservas constituidas en el Balance del Tesoro de la Nación o de depósitos a favor de éstos o existentes en los Fondos Rotatorios, cuando no corresponda, a pasivos o a obligaciones adquiridas y perfeccionadas legalmente antes del 31 de diciembre de dicho año, sin perjuicio de las demás cancelaciones que deba efectuar de conformidad con lo dispuesto en la norma orgánica del Presupuesto. De esta actuación dará aviso a los Ministerios y Departamentos Administrativos correspondientes y a la Dirección General del Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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