Evaluación de la Obra. Para efecto de la evaluación de la obra, el educador peticionario deberá presentar ante la entidad competente la siguiente documentación:
Solicitud escrita.
Certificado de clasificación del educador en el que conste el grado en el Escalafón Nacional Docente,
Tres (3) ejemplares de la obra, debidamente empastados.
Certificado de registro de autoría de la obra, expedido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
El estudio y el otorgamiento del concepto no causan erogación alguna al educador peticionario y deberán producirse dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la fecha de radicación de la solicitud. En caso de tener la obra, más de doscientas (200) páginas, el anterior término se aumentará a razón de un (1) día por cada veinticinco (25) hojas.
(Decreto 385 de 1998, artículo 4°).