º Si la solicitud se refiere a delitos conexos y la conexidad no hubiere sido declarada en la sentencia o establecida en el proceso, el interesado deberá demostrarla teniendo en cuenta el acervo probatorio que obre en el respectivo expediente o en otros procesos que se adelanten contra la misma persona, con certificaciones expedidas para el efecto por las autoridades competentes, por medio de declaraciones extrajuicio y cualquier otro medio probatorio o información que considere pertinente.
Artículo 7
Si La Solicitud Se Refiere A Delitos Conexos Y La Conexidad No Hubiere Sido Declarada En La Sentencia O Establecida En El Proceso, El Interesado Deberá Demostrarla Teniendo En Cuenta El Acervo Probatorio Que Obre En El Respectivo Expediente O En Otros Procesos Que Se Adelanten Contra La Misma Persona, Con Certificaciones Expedidas Para El Efecto Por Las Autoridades Competentes, Por Medio De Declaraciones Extrajuicio Y Cualquier Otro Medio Probatorio O Información Que Considere Pertinente
Decreto 1943 de 1991 · Por el cual se dictan medidas sobre Indulto y Amnistía
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.