Modificación del numeral 1.1. del
del artículo 2.2.6.3.15. del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo . Modifíquese el numeral 1.1. del
del artículo 2.2.6.3.15. del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector trabajo, el cual quedará así: “1.1. El pago, por cada contrato de aprendizaje incumplido, 19, 73 UVT al momento del incumplimiento, liquidados mensualmente o por fracción de mes. Cuando de acuerdo con la normatividad vigente haya lugar a aumentar al 100% de un (1) smlmv el valor del apoyo de sostenimiento de los aprendices en etapa práctica, el porcentaje indicado en este numeral será igual a 26,31 UVT.”
) Artículo 2.2.6.3.15. DECRETO 1072 de 2015