Micelio

Artículo 4

Suprimense Los Gastos De Oficina Que Tenía Fijados El Consulado En Caracas, Y Rebajanse En Cincuenta Pesos ($ 50) Mensuales Los Correspondientes A Los Consulados En Ciudad Bolívar Y Barcelona

Decreto 1149 de 1923 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Suprimense los gastos de Oficina que tenía fijados el Consulado en Caracas, y rebajanse en cincuenta pesos ($ 50) mensuales los correspondientes a los Consulados en Ciudad Bolívar y Barcelona. Los Consulados en Cardiff, Trieste, Cherburgo, Sevilla, Liorna, Newark, Lima y Esmeraldas en adelante no tendrán derecho a gastos de Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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