°. Los Ministerios de Minas y Energía, de Transporte, de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Protección Social, dentro de sus competencias, regularán la producción, transporte, distribución y uso, así como las emisiones permitidas y demás controles ambientales y de salubridad pública, para el uso de los biocombustibles E-20, B-10 y B-20 en las fechas establecidas.
Artículo 3
Los Ministerios De Minas Y Energía, De Transporte, De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Y De Protección Social, Dentro De Sus Competencias, Regularán La Producción, Transporte, Distribución Y Uso, Así Como Las Emisiones Permitidas Y Demás Controles Ambientales Y De Salubridad Pública, Para El Uso De Los Biocombustibles E-20, B-10 Y B-20 En Las Fechas Establecidas
Decreto 2629 de 2007 · por medio del cual se dictan disposiciones para promover el uso de biocombustibles en el país, así como medidas aplicables a los vehículos y demás artefactos a motor que utilicen combustibles para su funcionamiento.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.