Micelio

Artículo 2

El "pagaré Pasivo Pensional-Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero-Ley 69 De 1993" Únicamente Cubrirá Los Incrementos Mencionados En El Considerando Séptimo Del Presente Decreto, Que Se Deriven Directamente De Las Pensiones Y Rentas Post-Mortem Por El Mismo Concepto A Cargo De La Caja A 31 De Mayo De 1993, Así Como La Que Se Deriven Del Personal Activo A Su Servicio En La Misma Fecha, Excepto El Correspondiente Al Personal Que Se Haya Vinculado A Partir Del 1º De Junio De 1993

Decreto 2854 de 1994 · por el cual se ordena la emisión y se fijan las características del título de deuda pública interna denominado "Pagaré Pasivo Pensional-Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero Ley 69 de 1993"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El "Pagaré Pasivo Pensional-Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero-Ley 69 de 1993" únicamente cubrirá los incrementos mencionados en el considerando séptimo del presente Decreto, que se deriven directamente de las pensiones y rentas post-mortem por el mismo concepto a cargo de la Caja a 31 de mayo de 1993, así como la que se deriven del personal activo a su servicio en la misma fecha, excepto el correspondiente al personal que se haya vinculado a partir del 1º de junio de 1993.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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