Micelio

Artículo 248

Se Imponen Las Sanciones Indicadas En Los Apartes C) , D) Y E) Por Reincidencia En Las Infracciones Previstas En El Artículo Anterior Y Por Las Siguientes: 1 A Abandono Del Puesto Durante El Día

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se imponen las sanciones indicadas en los apartes c) , d) y e) por reincidencia en las infracciones previstas en el Artículo anterior y por las siguientes: 1 a Abandono del puesto durante el día. 2 a Mofarse de los compañeros o ridiculizarlos. 3 a Descansar en la cama durante el día sin motivo justificado. 4 a Causar daños por negligencia o descuido en el material del establecimiento. 5 a Dañar el vestuario y los objetos de uso personal que no sean, de su propiedad. 6 a Ejecutar trabajos distintos de los ordinarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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