Micelio

Artículo 30

Las Servidoras Cívicas Que Durante Un Año Hayan Cumplido Con La Misión Social De Dar El Mínimum De Instrucción A Las Personas Que Carezcan De Ella, Recibirán El Diploma De "mérito Cívico"; Serán Consideradas Preferencialmente, Llegado El Caso; Para Obtener Becas Del Estado Tanto Para Su Educación En Las Escuelas Normales Como Para La Educación De Sus Hijos Y, En Igualdad De Condiciones, Serán Nombradas Preferencialmente Para El Magisterio Oficial

Decreto 2675 de 1954 · por el cual se crean la Secretaría de Acción Social y Protección a la Infancia y el Servicio Cívico Social Femenino.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las servidoras cívicas que durante un año hayan cumplido con la misión social de dar el mínimum de instrucción a las personas que carezcan de ella, recibirán el diploma de "Mérito Cívico"; serán consideradas preferencialmente, llegado el caso; para obtener becas del Estado tanto para su educación en las Escuelas Normales como para la educación de sus hijos y, en igualdad de condiciones, serán nombradas preferencialmente para el magisterio oficial. También gozarán de un puntaje especial, que determinará la Junta del Instituto de Crédito Territorial para la adjudicación de vivienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2675 de 1954