Micelio

Artículo 3

Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos, Las Cámaras De Comercio, El Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Y El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Remitirán A La Notaría Unica De Armero, En Un Plazo De Tres Meses Contados A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Fotocopia De Las Escrituras Otorgadas En La Mencionada Notaría, Con La Constancia De Que Corresponde A La Que Reposa En Su Archivo

Decreto 3808 de 1985 · por el cual se dictan normas para la reconstrucción del protocolo de la Notaria Única de Armero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las oficinas de registro de instrumentos públicos, las Cámaras de Comercio, el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" remitirán a la Notaría Unica de Armero, en un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia del presente Decreto, fotocopia de las Escrituras otorgadas en la mencionada notaría, con la constancia de que corresponde a la que reposa en su archivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3808 de 1985