Micelio

Artículo 4

Las Cuotas Del 3 Por 100 Y Del 4 Por 100 Que Hayan De Devolverse A Los Oficiales Del Ejército, De Acuerdo Con Las Disposiciones Del Artículo 13 De La Ley 75 De 1925, Se Pagarán Con Los Fondos Generales De La Caja De Oficiales, Señalados En El Artículo 1º De Este Decreto

Decreto 312 de 1936 · Por el cual se reglamentan los artículos 13, 14, 15 y 16 de la Ley 88 de 1935

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las cuotas del 3 por 100 y del 4 por 100 que hayan de devolverse a los Oficiales del Ejército, de acuerdo con las disposiciones del artículo 13 de la Ley 75 de 1925, se pagarán con los fondos generales de la Caja de Oficiales, señalados en el artículo 1º de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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