Micelio

Artículo 86

En Los Casos De Exportación O De Extracción De Tabaco, Es Obligación Del Administrador De Buenaventura, O Del Agente Del Último Municipio Limítrofe, Hacer Una Requisa Minuciosa Para Cerciorarse De Que Los Bultos O Cargas Tienen Realmente Tabaco Y Nó Otros Efectos

Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos de exportación o de extracción de tabaco, es obligación del Administrador de Buenaventura, o del agente del último Municipio limítrofe, hacer una requisa minuciosa para cerciorarse de que los bultos o cargas tienen realmente tabaco y nó otros efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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