Micelio

Artículo 17

El Personal Con Derecho A Los Servicios De Los Fondos Rotatorios, Conforme Al Artículo 8º

Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El personal con derecho a los servicios de los Fondos Rotatorios, conforme al artículo 8º., se identificará según el caso, con la respectiva cédula militar o policial o cualquier otro documento expedido por las Seccionales de Personal o por las Gerencias de los Fondos Rotatorios. Servicios y abastecimientos de las Fuerzas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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