º El artículo 2º del Decreto 1077 del 26 de junio de 1992, quedará así: El Fiscal Jefe de Unidad y los Fiscales de Unidad ante la Corte Suprema de Justicia, tendrán derecho a una Prima Técnica equivalente al 50% de la remuneración mensual. Así mismo, tendrán derecho a una Prima Mensual Especial de Alta Dirección equivalente al 45%, de la remuneración mensual.
Decreto 1730 de 1992 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 2º Del Decreto 1077 Del 26 De Junio De 1992, Quedará Así: El Fiscal Jefe De Unidad Y Los Fiscales De Unidad Ante La Corte Suprema De Justicia, Tendrán Derecho A Una Prima Técnica Equivalente Al 50% De La Remuneración Mensual
Decreto 1730 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones sobre Prima Técnica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.