º. La Caja de Vivienda Militar tiene como finalidad esencial proveer de habitación económica, higiénica y cómoda en propiedad o en arrendamiento, a los Oficiales y Suboficiales, en actividad, de las Fuerzas Militares; al personal de empleados civiles del ramo de Guerra y a los Oficiales y Suboficiales en goce de sueldo de retiro, que carezcan de ella. Todo en armonía con la orientación y planes de acción del Gobierno sobre la materia. Los servicios de la Caja se extenderán a todo el territorio nacional y se prestarán de acuerdo con las necesidades de los socios y las posibilidades fiscales de la Caja. CAPITULO II Patrimonio y demás recursos económicos de la Caja.
Decreto 1018 de 1960 →Vigente
Artículo 3
La Caja De Vivienda Militar Tiene Como Finalidad Esencial Proveer De Habitación Económica, Higiénica Y Cómoda En Propiedad O En Arrendamiento, A Los Oficiales Y Suboficiales, En Actividad, De Las Fuerzas Militares; Al Personal De Empleados Civiles Del Ramo De Guerra Y A Los Oficiales Y Suboficiales En Goce De Sueldo De Retiro, Que Carezcan De Ella
Decreto 1018 de 1960 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.