Micelio

Artículo 3

La Caja De Vivienda Militar Tiene Como Finalidad Esencial Proveer De Habitación Económica, Higiénica Y Cómoda En Propiedad O En Arrendamiento, A Los Oficiales Y Suboficiales, En Actividad, De Las Fuerzas Militares; Al Personal De Empleados Civiles Del Ramo De Guerra Y A Los Oficiales Y Suboficiales En Goce De Sueldo De Retiro, Que Carezcan De Ella

Decreto 1018 de 1960 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Caja de Vivienda Militar tiene como finalidad esencial proveer de habitación económica, higiénica y cómoda en propiedad o en arrendamiento, a los Oficiales y Suboficiales, en actividad, de las Fuerzas Militares; al personal de empleados civiles del ramo de Guerra y a los Oficiales y Suboficiales en goce de sueldo de retiro, que carezcan de ella. Todo en armonía con la orientación y planes de acción del Gobierno sobre la materia. Los servicios de la Caja se extenderán a todo el territorio nacional y se prestarán de acuerdo con las necesidades de los socios y las posibilidades fiscales de la Caja. CAPITULO II Patrimonio y demás recursos económicos de la Caja.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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