Todos los programas académicos en Educación deben disponer de una planta física adecuada y suficiente, contar con el personal administrativo y de apoyo con la preparación requerida, poseer recursos bibliográficos y medios didácticos actualizados y de disponibilidad permanente, tener acceso a servicios computarizados de información y poseer recursos presupuestales estables para el desarrollo del programa. CAPITULO V Acreditación de los programas en educación
Artículo 14
Todos Los Programas Académicos En Educación Deben Disponer De Una Planta Física Adecuada Y Suficiente, Contar Con El Personal Administrativo Y De Apoyo Con La Preparación Requerida, Poseer Recursos Bibliográficos Y Medios Didácticos Actualizados Y De Disponibilidad Permanente, Tener Acceso A Servicios Computarizados De Información Y Poseer Recursos Presupuestales Estables Para El Desarrollo Del Programa
Decreto 272 de 1998 · por el cual se establecen los requisitos de creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y postgrado en Educación ofrecidos por las universidades y por las instituciones universitarias, se establece la nomenclatura de los títulos y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.