Micelio

Artículo 11

El Articulo 3º Del Decreto 2267 De 1980 Que Dará Así: "fijase El Siguiente Gravamen Diferencial: Los Motores Polifásicos Para Las Bombas Sumergibles De Pozo Profundo, Clasificables En Las Posiciones 85

Decreto 820 de 1985 · Por medio del cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El articulo 3º del Decreto 2267 de 1980 que dará así: "Fijase el siguiente gravamen diferencial: Los motores polifásicos para las bombas sumergibles de pozo profundo, clasificables en las posiciones 85.01.06.01, 85.01.06.05, 85.01.06.11, 85.01.06.15 y 85.01.06.99 pagarán un gravamen ad valórem del 45%".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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