Micelio

Artículo 2.5.3.4.5.9

Junta Administradora

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Junta Administradora. Los lineamientos administrativos, operativos y el seguimiento de las becas “Luis Antonio Robles” serán definidos por una Junta Administradora. Para tales efectos, la Junta Administradora de la Beca “Luis Antonio Robles”, estará integrada por los siguientes miembros

1.

Por parte del Ministerio de Educación Nacional

a)

El(la) Viceministro(a) de Educación Superior o su delegado(a) quien tendrá voz y voto.

b)

El(la) Director(a) de Fomento de Educación Superior o su delegado(a), quien tendrá voz y voto.

c)

El(la) Subdirector(a) de Apoyo a la Gestión de las Instituciones de Educación Superior o su delegado(a), quien tendrá voz y voto.

2.

Por parte del Icetex el(la) Vicepresidente(a) de Fondos en Administración o su delegado(a), quien tendrá voz, pero no voto.

Parágrafo

El Icetex en su condición de administrador de los recursos de las becas “Luis Antonio Robles”, ejercerá la secretaría técnica de la Junta Administradora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015