Micelio

Artículo 3

Los Oficiales Y Suboficiales Llamados Al Servicio Activo De Las Fuerzas Militares, Después De Haber Permanecido Más De Un Año En Situación De Retiro, Tendrán Derecho A Recibir Por Una Sola Vez Y Como Dotación, Inicial, Las Mismas Prendas Y Elementos Determinados En Los Artículos Anteriores Para Subtenientes, Tenientes De Corbeta, Cabos Segundos Y Primeros Y Suboficiales Jefes De La Armada, Pero Con Las Insignias Correspondientes A Su Respectivo Grado

Decreto 568 de 1965 · por el cual se adicionan, los Decretos números 00093 de 1959, 0215 y 1913 de 1960, sobre partidas de vestuario y equipo para personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Oficiales y suboficiales llamados al servicio activo de las Fuerzas Militares, después de haber permanecido más de un año en situación de retiro, tendrán derecho a recibir por una sola vez y como dotación, inicial, las mismas prendas y elementos determinados en los artículos anteriores para Subtenientes, Tenientes de Corbeta, Cabos Segundos y Primeros y Suboficiales Jefes de la Armada, pero con las insignias correspondientes a su respectivo grado.

Parágrafo

Cuando los Oficiales y Suboficiales a que se refiere el presente artículo, fueren llamados únicamente para ejercicios de campaña, maniobras o situaciones de emergencia nacional, solamente tendrán derecho a recibir en las mismas condiciones, los uniformes de calle, de campaña y de servicio completos: capote, impermeable y saco de campaña.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 568 de 1965