º El establecimiento de crédito que reciba una orden embargo en contravención a lo dispuesto por el presente decreto, deberá informar inmediatamente a la Contraloría General de la República para que inicie un juicio fiscal contra el funcionario judicial que ordenó el embargo.
Decreto 1807 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º El Establecimiento De Crédito Que Reciba Una Orden Embargo En Contravención A Lo Dispuesto Por El Presente Decreto, Deberá Informar Inmediatamente A La Contraloría General De La República Para Que Inicie Un Juicio Fiscal Contra El Funcionario Judicial Que Ordenó El Embargo
Decreto 1807 de 1994 · por el cual se reglamenta el Artículo 16 de la Ley 38 de 1989 y se dictan otras disposiciones - Inembargabilidad de las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.