Micelio

Artículo 1

Para Todos Los Efectos Legales Constituyen Mercancías De Prohibida Importación Los Automóviles De Turismo Y De Deporte Los Mismo Que Los Chasises Para Éstos, Clasificados Bajo Las Posiciones Arancelaria 890 Y 891, Respectivamente, Excepto Para El Cuerpo Diplomático Acreditado En El País A Que Se Refiere El Decreto 1025 De Abril 8 De 1959

Decreto 1182 de 1959 · Por el cual se aclaran algunas disposiciones referentes a importaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para todos los efectos legales constituyen mercancías de prohibida importación los automóviles de turismo y de deporte los mismo que los chasises para éstos, clasificados bajo las posiciones arancelaria 890 y 891, respectivamente, excepto para el cuerpo diplomático acreditado en el país a que se refiere el Decreto 1025 de abril 8 de 1959.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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