Micelio

Artículo 34

Según Lo Dispuesto En Los Decretos 3135 Y 3156 De 1968 Las Personas Naturales Que Presten Regularmente Sus Servicios Al Instituto Tendrán La Calidad De Empleados Públicos

Decreto 1350 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 de mayo 13 de 1969 proferido por la Junta Directiva del ICFES sobre adopción de los estatutos del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Según lo dispuesto en los Decretos 3135 y 3156 de 1968 las personas naturales que presten regularmente sus servicios al Instituto tendrán la calidad de empleados públicos. Sin embargo, el Instituto podrá celebrar contratos administrativos de prestación de servicios técnicos según los reglamentos que para el efecto adopte la Junta Directiva.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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