Micelio

Artículo 51

Clasificación De Las Comisiones

Decreto 2339 de 1971 · Por el cual se dicta el Estatuto de personal civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CLASIFICACIÓN DE LAS COMISIONES . Las comisiones en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, pueden ser individuales o colectivas, de acuerdo con la misión por cumplir y se clasifican así: a) Comisiones transitorias. b) Comisiones permanente. Estas pueden ser

1.

Dentro del país.

2.

En el exterior. d) Las comisiones dentro del país, pueden ser: 1. En el Ramo de Defensa. 2. En otras dependencias. e) Las comisiones en el exterior, pueden ser: 1. De Estudios 2. Administrativas.

3.

De tratamiento médico.

Parágrafo 1

Son comisiones transitorias las que tienen una duración hasta de noventa (90) días y permanentes las que exceden de este término.

Parágrafo 2

Son comisiones especiales todas las que no estén enumeradas en la clasificación del presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2339 de 1971