Micelio

Artículo 1

El Orden Jerárquico En La Policía Nacional, Será El Siguiente: A) El Ministro De Gobierno; B) El Director General; C) Los Oficiales Superiores; D) Los Oficiales Comandantes; E) Los Oficiales Inferiores, Y F) La Tropa

Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El orden jerárquico en la Policía Nacional, será el siguiente

a)

El Ministro de Gobierno;

b)

El Director General;

c)

Los Oficiales Superiores;

d)

Los Oficiales Comandantes;

e)

Los Oficiales Inferiores, y

f)

La Tropa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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